REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR


ASUNTO: FP02-L-2006-0000273


Visto que en fecha 15 -12-2006 se dió cumplimiento total del acuerdo alcanzado entre las partes intervinientes por ante este Tribunal, mediante Acta de Mediación suscrita el día 31-10-06, y recibido conforme por su beneficiaria ciudadana DINORAH JOSEFINA YANEZ LOPEZ, la orden de pago contentiva del monto correspondiente a la diferencia de prestaciones sociales, presentada por la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR; es por lo que en consecuencia este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena el ARCHIVO DEFINITIVO, de la presente causa. Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, en Ciudad Bolívar, a los 18 días del mes de Diciembre del año 2.006. Expídanse las copias certificadas de la presente decisión en caso de ser solicitadas por las partes. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación de la República Bolivariana de Venezuela. PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN EL RESPECTIVO COMPILADOR, EXPIDANSE COPIAS CERTIFICADAS Y ARCHIVESE.-
LA JUEZ

ABG. LETICIA FERREIRA MALAVE.
LA SECRETARIA.

ABG. MARIA VIRGINIA SIFONTES

En esta misma fecha, siendo las Nueve y treinta y Minutos de la mañana (09:30 A.M.) se publicó la presente decisión, dando cumplimiento a lo ordenado en la misma. Conste.-
LA SECRETARIA.

ABG. MARIA VIRGINIA SIFONTES
LFM/mvs.-