ASUNTO: FP02-S-2006-006255
RESOLUCION N° PJ0212006000542
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de-cujus MARIA DE LAS NIEVES ORTIZ DE RAMIREZ, fallecida en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, el día 15 de Septiembre de 2006, a su esposo ciudadano JOSE ENRIQUE RAMIREZ DIAZ y a sus hijos: HORACIO ALBERTO ALCOCER ORTIZ, ARNALDO ALONSO USECHE ORTIZ, ESTEFANIA CAROLIA RAMIREZ ORTIZ y ENRIMAR DE LOS ANGELES RAMIREZ ORTIZ, las dos ultimas menores de edad. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la parte interesada y déjese copia certificada de la presente declaración.-
EL JUEZ DE PROTECCION (1)

DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ
LA SECRETARIA DE SALA

ABOG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA

La Asistente
Virginia Romero