REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 21 de Diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000528
ASUNTO : LP01-P-2003-000528


RESOLUCIÓN JUDICIAL
El ciudadano juez después de realizar una revisión de las tres (3) piezas del expediente llevado al penado CARLOS DE JESUS RAMIREZ, por lo que de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizar el computo de pena en los siguientes términos:

EL TRIBUNAL
El penado fue detenido por primera vez en fecha catorce (14) de julio de 2003, quedando en tales circunstancias hasta el día tres (3) de febrero del año 2005, por un lapso de un (1) año, seis (6) meses y diecinueve (19) días de prisión, cumplió la suspensión condicional de la pena desde el cuatro (4) de febrero del año 2005, hasta el día trece (13) de junio del año 2005, fecha esta ultima que se le revoco la SUSPENCIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, cumpliendo solo por un lapso de cuatro (4) meses y nueve (9) días. La segunda detención se realizo en fecha 15 de noviembre del año 2006, continuando en tales circunstancias hasta el día de hoy, veintiuno (21) de diciembre de 2006, lo que significa que sumando las dos (2) detenciones y el tiempo que gozó de la Suspensión Condicional de la Pena, el penado ha estado detenido por dos (2) años y cuatro (4) días de prisión, lo cual deberá descontarse del tiempo de su condena de dos (2) años y ocho (8) meses de prisión, conforme al artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, de manera que le queda por cumplir un remanente de pena de siete (7) meses y veintiséis (26) días de prisión, que terminará de cumplir el día diecisiete (17) de agosto del año 2007.

DECISIÓN
Por lo expuesto precedentemente, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el cómputo de la pena impuesto al penado CARLOS DE JESUS RAMIREZ, en virtud que se encuentra detenido cumpliendo pena en el Centro Penitenciario Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas.
Notifíquese al Ministerio Público, a la defensa y al penado, informándole a este último del presente cómputo actualizado, a los fines legales consiguientes. Ofíciese a la Directora del Centro Penitenciario Región Andina ubicado en San Juan de Lagunillas, remitiéndole copias certificadas de la presente decisión. Cúmplase.

EL JUEZ TITULAR DE EJECUCIÓN N° 3

ABG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO

LA SECRETARIA

Se libraron las boletas de notificación N° _______________________ y oficios N° ____________________, cumpliendo lo ordenado.

La Secretaria.