Dando cumplimiento al artículo 475, en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal (G.O. 5.208 del 23-01-1998) éste Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, procede a la actualización del computo de la pena del ciudadano: Rudy Alexander Meléndez Romero titular de la cédula de identidad N° 18.683.009, a cumplir la pena de Veintidós (22) años, Seis (06) meses, Seis (06) días y Seis (06) horas de presidio, por la comisión del delito de Homicidio Calificado por motivos fútiles e innobles y Robo Agravado en Grado de Frustración, tipificado en los artículos 408 ordinal 1° y artículo 460 en concordancia con el artículo 82 del Código Penal ; en los siguientes términos:
PRIMERO: En fecha 15 de Abril de 2003, le fue ejecutada la Sentencia al penado Rudy Alexander Meléndez Romero titular de la cédula de identidad N° 18.683.009, a cumplir la pena de Veintidós (22) años, Seis (06) meses, Seis (06) días y Seis (06) horas de presidio, por la comisión del delito de Homicidio Calificado por motivos fútiles e innobles y Robo Agravado en Grado de Frustración, tipificado en los artículos 408 ordinal 1° y artículo 460 en concordancia con el artículo 82 del Código Penal, quien para esa fecha llevaba privado de libertad UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, faltándole así por cumplir de la pena impuesta Veintiún (21) años, Dos (02) meses, Cuatro (04) días y Seis (06) horas finalizando así su condena el19-06-2023 a las Seis (06) de la tarde. Señalándose las fechas a partir de las cuales puede optar a los Beneficios o formulas las alternativas de cumplimiento de pena, ya los hechos por los cuales fue condenado ocurrieron bajo la vigencia del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 25- de 08- 2000 actualmente derogado.
SEGUNDO: Al día 24 de Enero de 2006, el penado Rudy Alexander Meléndez Romero titular de la cédula de identidad N° 18.683.009, ha cumplido una pena de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTE (20) DIAS. Faltándole por cumplir una pena de DIECIOCHO AÑOS, y VEINTICUATRO (24) DIAS Y SEIS HORAS. Finalizando la condena el 10 de FEBRERO de 2023 a las 06 de la Mañana. Pudiendo Optar las formulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO: 21-02-2007; ESTABLECIMIENTO ABIERTO: 23-04-2009; LIBERTAD CONDICIONAL: 27- 12- 2016 y CONFINAMIENTO: el día 05-02-2018. Queda así actualizado el Cómputo de la pena, conforme a lo previsto en el Artículo 475, en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal (G.O. 5.208 del 23-01-1998). Notifíquese al penado en audiencia que se realizará en el Internado Judicial de San Felipe, Estado Yaracuy.
Por cuanto a que el ciudadano: penado Rudy Alexander Meléndez Romero titular de la cédula de identidad N° 18.683.009, actualmente se encuentra cumplimiento condena en la PENITENCIARIA GENERAL DE VENEZUELA, éste Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ORDENA:
Primero: OFICIAR AL DIRECTOR DE LA PENITENCIARIA GENERRAL DE VENEZUELA, A FIN DE REMITIRLE Copia Certificada del presente auto de Actualización de Cómputos.
Segundo: EXHORTAR AL TRIBUNAL de Ejecución del Estado GUARICO, que por Distribución le correspondo A FIN DE REMITIRLE Copia Certificada del presente auto de Actualización de Cómputos,y Sentencia Condenatoria, para que ejerza VIGILANCIA PENITENCIARIA al penado: Rudy Alexander Meléndez Romero titular de la cédula de identidad N° 18.683.009. Cúmplase.
El Juez
Abg. Darío Suárez Jiménez
La Secretaria
Abg. Jhuly Troconis.
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