REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
195° Y 146°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000318
PARTE DEMANDANTE: AMALIA ROSA VASQUEZ.
REPRESENTADA POR: Abg. MIGUEL ANGEL ALVAREZ S.
PARTE DEMANDADA: TASCA RESTAURANT BRISAS DEL LAGO
EN LA PERSONA DE: MATIAS MORALES MORALES.
PARTE CODEMANDADA SOLIDARIAMENTE: MATIAS MORALES MORALES.
REPRESENTADO POR: Abgs. CARLA LEMBERT y JULIMAR MORALES
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los ONCE (11) días del mes de ENERO de 2006, siendo las 02:00 PM., oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y de la continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana: AMALIA ROSA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº. V-7.592.120, de éste domicilio, representada en este acto por el Abogado en ejercicio: MIGUEL ANGEL ALVAREZ SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.265.574, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº.92.444, domiciliado en Barquisimeto, Estado Lara, aquí de transito, actuando con su carácter acreditado en autos, CONTRA: LA TASCA RESTAURANT BRISAS DEL LAGO, en la persona del ciudadano: MATIAS MORALES MORALES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº. V-7.590.157, de éste domicilio, en su condición de Representante de la parte Demandada y contra la parte Codemandada Solidariamente, en la persona del ciudadano: MATIAS MORALES MORALES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº. V-7.590.157, de éste domicilio, representado en este acto por las Abogadas en ejercicio: CARLA LEMBERT y JULIMAR MORALES, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cedulas de identidad Nros.V-16.235.314 y 13.502.872 respectivamente, e inscritas en el I.P.S.A, bajo los Nº 108.732 y 104.005 respectivamente, ambas domiciliadas en Barquisimeto, Estado Lara, aquí de transito, quienes actúan con su carácter acreditado en autos, conforme a la causa Nº UP11-L-2005-000318, de la nomenclatura interna de este Tribunal; Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo. En este estado este Tribunal deja constancia que por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por consiguiente se PROLONGA dicha Audiencia Preliminar para día LUNES 23-01-2006, A LAS 10:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los ONCE (11) días del mes de ENERO de Dos Mil Seis (2006). Siendo las 2:40 PM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
La Parte Demandante: La Parte Codemandada Solidariamente:
Representada por: Representado por:
Abg. CARLA LEMBERT
Abg. JULIMAR MORALES
Abg. MIGUEL ANGEL ALVAREZ.
La Secretaria
Abg. GRECIA VERASTEGUI
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