REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
194° Y 146°

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000248.-
PARTE DEMANDANTE: FATIMA LORIMAR MARTINS URBINA
REPRESENTADA POR: Abg. JOSÈ LUIS OJEDA E.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY)
EN LA PERSONA DE: ING. ANA LUCIA OCHOA MEZA
REPRESENTADO POR: Abg. YELITZA C. GARCIA SANCHEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veinte (20) días del mes de Enero de 2006, siendo las 2:00 PM., oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana: FATIMA LORIMAR MARTINS URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.491.934 y de éste domicilio, representada en este acto por el Abogado en ejercicio: JOSÈ LUIS OJEDA E, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.271.747 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 95.594, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, CONTRA: EL INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), en la persona de la ciudadana: Prof. ANA LUCIA OCHOA MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.554.548, de este domicilio, en su carácter de Presidente del Instituto Demandado, representada en este acto por su Apoderada Judicial Abogada en ejercicio: YELITZA COROMOTO GARCIA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.519.074 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 86.864, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, conforme a la causa N° UP11-L-2005-000248, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presente en este acto ambas partes, y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo. En este estado, éste Tribunal deja constancia que por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por consiguiente se PROLONGA dicha Audiencia Preliminar para el día VIERNES 27-01-2006, a las 02:00 PM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veinte (20) días del mes de Enero de Dos Mil Seis (2006). Siendo las 2:45 PM., de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ

La Parte Demandante: La Parte Demandada: Instituto Autónomo de Vialidad y Transporte del Estado Yaracuy (INVITY) Representado por:

Representada por Abg. YELITZA C. GARCIA S.

Abg. JOSÈ LUIS OJEDA E.
La Secretaria Acc,

Abg. CHRISTABEL ACOSTA,