REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, treinta y Uno de enero de dos mil seis.


195° y 146°

Vista la diligencia que antecede de fecha 24 de enero de 2.006, suscrita por el abogado en ejercicio JESUS RAMÓN PEREZ WULLF, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna transacción celebrada por ante la Notaria Primera del Estado Mérida en fecha 21 de diciembre de 2.005, que riela inserta a los folios 49 y 50 del presente expediente, suscrita tanto por el ciudadano JAIME RAMÓN VALERA en su condición de parte actora, como por la ciudadana BRENDA JOSEFINA GARCÍA LUCENA, en su condición de parte demandada, razón por la cual solicita se homologue dicho acuerdo y se le imparta el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada; este Tribunal acuerda homologar como en efecto así será lo decidido dicha transacción de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 1.718 del Código Civil y por cuanto las partes tienen suficiente capacidad para disponer de lo comprendido en la transacción conforme a lo previsto en el Artículo 1.714 del Código Civil y habida consideración que de acuerdo con el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.718 del código sustantivo, la transacción tiene entre las partes la misma fuerza de la cosa juzgada y en razón de que la transacción no esta fundada en documento falsos en los términos del Artículo 1.721 del texto legal sustantivo y a señalado ni se puede producir nulidad en orden a lo previsto en el Artículo 1.147 del Código Civil ya que no existe error de derecho en la referida transacción, debiendo destacar que según el Artículo 1.666 eiusdem los contratos no tienen efecto sino entre las partes contratantes, no dañan ni aprovechan a terceros, excepto, en los casos establecidos por la Ley. En orden a todo lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la expresada TRANSACCIÓN y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, en consecuencia del anterior pronunciamiento este Juzgado da por terminado el presente juicio. Y ASI SE DECIDE.-

EL…

..JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO





LA SECRETARIA,





SULAY QUINTERO QUINTERO



ACZ/SQQ/yp.-