REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
195° Y 146°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000355
PARTE DEMANDANTE: ROSMARY MARIA FANDIÑO R.
ASISTIDA POR: Abgs. SOLANGEL B. BARBOSA y YASNERIS MUJICA
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION CIVIL “DE CONDUCTORES “VIRGEN DE
LA VICTORIA”
EN LA PERSONA DE: ELY RAFAEL MONTOYA N.
REPRESENTADO POR: Abg. GUIOMAR OJEDA ALCALA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, al DIECISIETE (17) del mes de FEBRERO de 2006, siendo las 11:00 AM., oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana: ROSMARY M. FANDIÑO RONDON, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº. V-14.107.591, de éste domicilio, asistida en este acto por las Abogadas en Ejercicio: SOLANGEL B. BARBOSA y YASNERI MUJICA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº. 13.463.599 y 15.108.114 e inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nº: 114.622 y 106.263 respectivamente, ambas de este domicilio, CONTRA: LA ASOCIACION CIVIL DE CONDUCTORES “VIRGEN DE LA VICTORIA”, en la persona del ciudadano: ELY RAFAEL MONTOYA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº. V-7.554.290, de éste domicilio, en su condición de Presidente de la Asociación Demandada, representado en este acto por su Apoderado Abogado en Ejercicio: GUIOMAR OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.912.946, e inscrito en el I.P.S.A, bajo los Nº 90.554, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos. En este estado el Tribunal deja constancia que compareció al presente acto, el ciudadano: JOSE SANTIAGO AMACHO BERRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.304.187, de este domicilio, en su condición de socio de la parte Demandada, conforme a la causa Nº UP11-L-2005-000355, de la nomenclatura interna de este Tribunal; Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERONICA HERNANDEZ LUCENA Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo. En este estado este Tribunal deja constancia que por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto, por consiguiente se PROLONGA dicha Audiencia Preliminar para día MIERCOLES 01-03-2006 a la DIEZ (02:00 PM). Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los DIECISIETE (17) días del mes de FEBRERO de Dos Mil SEIS (2006). Siendo las 12:00 M. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Abg. ARLEC VERONICA HERNANDEZ LUCENA.
La Parte Demandante:
La Parte Demandada:
ROSMARY M FANDIÑ ASOCIACIÒN CIVIL DE CONDUCTORES VIRGEN DE LA VICTORIA
Asistida por:
Abg. SOLANGEL B. BARBOSA Representada por:
Abg. MARCO TULIO RAMIREZ Abg. GUIOMAR OJEDA
Socio de la Asociación Accionada
JOSE S. CAMACHO B.
La Secretaria Acc,
Abg. CHRISTABEL ACOSTA NUÑEZ.
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