JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 11 de Julio de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: DIAZ ZERPA JULIO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado en la Ascensión Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y CARO CARMEN YOLANDA, Venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la cédula de Identidad No. 7.518.537 y domiciliado en la calle principal Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un área de terreno propiedad Municipal, ubicado en caserio denominado “La Ensenada” Ejidos de San Andrés, Municipio Peña del Estado Yaracuy, constituidas por un área de construcción de aproximadamente Cuatrocientos Cuarenta y un metros con cinco centímetros cuadrados (441,05 mts2), distribuido de la manera siguiente: techo de zinc, piso liso, techo de abesto, un (01) tanque para almacenar agua subterráneos, (01) corredor y deposito, (01) pieza de habitación, (01) galpón, (01) tanque aéreo para almacenar agua, áreas verdes y árboles frutales; dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno Municipal con línea de 0 mts, SUR: Terreno ocupado por Federico González con línea de cincuenta y uno mts con cuarenta centímetros (51,40mts), ESTE: Calle sin nombre con tres líneas; a.) 20,40mts b.) 13,40mts c.) 37mts: y OESTE: Terreno ocupado por Gladis Gil en línea de cincuenta y cuatro mts con sesenta centímetros (54,60mts). A favor del ciudadano: UTRIA CARREYO DENIS ELIECER, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N°. V-4.065.023 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- N° 775/2006.
La Jueza,

Abg° María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria,

Abog. Karelia Marilú López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,