JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 13 de Julio de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: DIAZ ZERPA JULIO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado en la Ascensión Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y CARO CARMEN YOLANDA, Venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la cédula de Identidad No. 7.518.537 y domiciliado en la calle principal Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un área de terreno propiedad Municipal, que tiene un área aproximada de Cuatrocientos Cincuenta metros cuadrados (450mts2), ubicado en caserio Socremo, Municipio Bolívar, Aroa del Estado Yaracuy, constituidas por una (01) casa de paredes de bloque frisadas, techo de acerolit y cielo raso, dividida en (02) baños, (04) habitaciones, (01) sala, (04) closet de madera, piso de cemento pulido, (01) cocina, (01) bar, (08) ventanas panorámicas, (02) ventanas de hierro, (01) tanque para agua con capacidad de 1500 litros, (08) puertas de madera, (02) puertas de hierro, (01) piscina de 3x4 mts2, (01) caney de 4x8 mts2, con piso de terracota, (01) barrilera, (01) fregadero, (02) puestos para caballos, (01) porche de 3x4, (01) lavadero, (01) garaje, en su frente (03) ventanas de hierro de 2x2 metros, (01) portón de 3x3 mts. (01) puerta de hierro de 1x2,50, cerca de su alrededor por paredes de bloque de 2,40 metros de alto, áreas verdes y árboles frutales; dentro de los siguientes linderos: NORTE: Aquilino Hernández, SUR: Victor Tovar, ESTE: Carretera vía Cararapa; y OESTE: Parcela Jesús Rodriguez. A favor del ciudadano: FELIPE ANTONIO SANCHEZ RYCZKO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°. V-12.079.262 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- N° 776/2006.
La Jueza,

Abg° María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria,

Abog. Karelia Marilú López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,