…GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 13 de Julio del 2006.
Años: 195° y 146°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadano: ELIO SANTIAGO LOPEZ SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 11.645.766 y domiciliado en La calle principal, Cañaveral, Municipio Independencia y el ciudadano: DIAZ ZERPA JULIO ENRIQUE, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 1.856.513 y domiciliado en La Urbanización La Ascensión, Vereda 43, Nº 16, Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías, construidas en un lote de terreno propio, con una extensión de OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SEIS CENTÍMETROS (872,06.Mtrs2), ubicado en la calle 12 con Avenida 8, de la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, registrado en la oficina subalterna de Registro del Municipio Autónomo San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha: 09 de Enero del año 1995, N°.5, Folios 1 y 2, Protocolo Primero, Tomo 2do, Primer Trimestre del año 1995; bienhechurías estas consistentes en: Un Edificio de Dos (02) pisos: PLANTA BAJA: 7 Locales comerciales, separados de la siguiente forma: Local numero Uno (1) con un área de construcción de Sesenta y Nueve Metros Cuadrados con Cuarenta y Cuatro Centímetros (69,44.Mtrs2), y posee Cuatro (4) Santamaría, Un (1) baño, Una (01) puerta de madera, paredes de bloque y piso de cerámica: Local numero Dos (02) con un área de construcción de Treinta y Nueve Metros Cuadrados con Cincuenta y cinco Centímetros (39,55.Mtrs2), y posee Dos (02) Santamaría, Un (1) baño, Una (01) puerta de madera, paredes de bloque y piso de cerámica; Local numero Tres (03) con un área de construcción de Ochenta Metros Cuadrados con Sesenta y Ocho Centímetros (80,68.Mtrs2), y posee Seis (06) Santamaría, Dos (02 baños, Dos (02) puertas de madera, paredes de bloque y piso de cerámica; Local numero Cuatro (04) con un área de construcción de Setenta y Nueve Metros Cuadrados con Doce Centímetros (79,12.Mtrs2), y posee Cuatro (4) Santamaría, Un (1) baño, paredes de bloque y piso de Granito; Local numero Cinco (05) con un área de construcción de Ciento Setenta y Un Metros Cuadrados con Once Centímetros (171,11.Mtrs2), con Una (01) Santamaría, paredes de bloque y piso de cemento pulido; Local numero Seis (06) con un área de construcción de Treinta y un Metros Cuadrados con Diecinueve Centímetros (31,19.Mtrs2), Con Una (01) Santamaría, paredes de bloque y piso de cemento; Local numero Siete (07) con un área de construcción de Treinta y Cinco Metros Cuadrados con Cincuenta y Un Centímetros (35,51.Mtrs2); todos los locales comerciales señalados anteriormente señalados los servicios básicos de aguas blancas, aguas negras, luz eléctrica, líneas telefónicas; PRIMER PISO: Tres (03) Apartamentos conformados en la siguiente forma: Apartamento Número Uno (01): Con un área de construcción de Cuatrocientos Cuarenta Metros Cuadrados con Cuatro Centímetros (440,04.mtrs2), constante de Doce(12) cuartos, Doce (12) Baños, Veinticuatro (24) puertas de madera, Treinta y Seis (36) Ventanas de hierro de romanilla, piso de cerámica, paredes de bloques, áreas comunes, sala de estar y escaleras; Apartamento Número Dos (02): Con un área de construcción de Doscientos Quince Metros Cuadrados con Treinta y Ocho Centímetros (215,38.mtrs2), constante de Tres (03) cuartos, Cuatro (04) Baños, cocina, sala, área de lavadero, nueve (09) ventanas de hierro, piso de cerámica, dos (02) puertas de metal, cocina empotrada y paredes de bloque; Apartamento Número Tres (03): Con un área de construcción de Cincuenta y Siete Metros Cuadrados con Veintiún Centímetros (57,21.mtrs2), constante de Dos (02) cuartos, Dos (02) Baños, estar, cocina, sala, piso de cerámica, siete (07) ventanas de hierro, paredes de bloques, dos (02) puertas de hierro y cocina empotrada; todos los apartamentos antes señalados poseen los servicios básicos de luz, agua blanca, aguas negras, líneas telefónicas, servicio de gas domestico entre otros; SEGUNDO PISO: Dos apartamentos conformados de la siguiente forma: Apartamento Número Uno (01): Con un área de construcción de Cuatrocientos Noventa y Dos Metros Cuadrados con Setenta y Nueve Centímetros (492,79.mtrs2), constante de Catorce (14) cuartos, Catorce (14) Baños, Veintiocho (28) Puertas de madera, Cuarenta y Dos (42) Ventanas de hierro de romanilla, piso de cerámica, paredes de bloques, áreas comunes, sala de estar y escaleras; Apartamento Número Dos (02): Con un área de construcción de Doscientos Setenta y Dos Metros Cuadrados con Cincuenta y Nueve Centímetros (272,59.mtrs2), constante de Dos (02) Cuartos, Un (01) Baño, piso de cemento pulido, paredes de bloques y cuatro (04) puertas de metal; todos los apartamentos antes señalados poseen los servicios básicos de luz, aguas blancas, aguas negaras, líneas telefónicas, servicios de Gas domestico entre otros; siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Con el fondo de la casa que es o fue del señor Carlos Torrealba y fondo de casa que es o fue de Italo Barroeta; SUR: Casa que es o fue de Balmore Alvarado y el cruce de la calle 12 y Avenida 8 en medio, y casa que es o fue de Alicia Prado, calle 12 en medio; ESTE: Campo deportivo del Grupo Escolar República de Nicaragua, Avenida 8 en medio y fondo casa que es o fue del Dr. Luís Ortega Pérez y OESTE: Fondo de casa que es o fue de Alicia Prado y calle 12 en medio; a favor de los ciudadanos: YFRAGIE NASSER DE YLBI, ISAM YANDAL YLBI NASSER y SHADI JANDAL YLBI NASSER, todos venezolanos, mayores de edad, viuda la primera de los nombrados y solteros los restantes, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 10.274.842, 16.822.329 y 17.700.395, comerciantes y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el N°.788/2006-

La Jueza,

Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,
… La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero