JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 26 de Julio del 2006.
Años: 193º y 144.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana: Machado Landinez Desireth Yolimar, quién es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 16.592.764 y domiciliada en Urb. La Pradera, penúltima calle, casa N° 72 Cocorote, Municipio Cocorote, y la ciudadana: Freitez Ramírez Yarife Zarahy, quién es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 18.054.385 y domiciliada en la Calle la Lengua, casa N° 99, San Javier, Municipio San Felipe, ambas del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías, construidas en un lote de terreno propiedad Municipal, el cual mide DIECISÉIS METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTÍMETROS (16,20mtrs2), DE FRENTE, POR VEINTICINCO METROS CUADRADOS (25 mtrs2), DE FONDO, O SEA TRECIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (384.mtrs2), ubicado en el caserío San Javier Municipio Autónomo San Felipe, Estado Yaracuy, las cuales consisten en una casa de habitación familiar, con paredes de bloque de concreto, piso de cemento, techo de acerolit y abestro; consta de tres (3) habitaciones, dos (2) baños, una (1) sala, un (1) comedor, con sus instalaciones de servicios de agua potable, cloacas, aseo urbano y electrificación; siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa del Sr. Gregorio Alcila; SUR: Quebrada de San Javier; ESTE: club Social y Deportivo San Javier y OESTE: Casa que es o fue del Sr. Tomas Herrera; a favor de la ciudadana: SOLVIC PATRICIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. 14.209.653, de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el N°.824/2006.-
La …
… Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria,
Abg°. Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,
Abg°. Karelia Marilú López Rivero.
|