JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 27 de Julio de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MOISES ENRIQUE CARRILLO RIVERO Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 4.972.680 y domiciliado en tercera avenida entre calles 9 y avenida Caracas, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y DIAZ ZERPA JULIO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado en la Ascensión Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un área de terreno de origen Municipal, que tiene una superficie de Ciento Cincuenta y Cuatro metros cuadrados con sesenta centímetros (154,60mts2), ubicada en la entrada hacia Agua negra, Urbanización Albarical, calle 5 entre carreras 2 y carretera vieja a Yaritagua s/n, comunidad del Municipio Peña del Estado Yaracuy, consisten en una casa para habitación con estructura de vigas y columnas de cemento y cabillas, piso de concreto, paredes de bloques, bases para segunda planta, puertas y ventanas de hierro, ambiente para comedor y cocina, tres habitaciones, construidos y un en construcción, servicio de lavaderos, luz, agua y patio con árboles frutales diversos, toda la parcela cercada de estantillos y alambres de púas; dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Luis Escobar, en linea de 18 metros cuadrados con ochenta centímetros (18,80mt2), SUR: Con calle 5 que es su frente en linea de dieciocho metros cuadrados con ochenta centímetros (18,80mt2), ESTE: Con bienhechurias de Marcos José Pérez, en línea de catorce metros cuadrados con veinte centímetros (14,20mt2) y al OESTE: Bienhechurias de Edina del Carmen Pérez, en línea de catorce metros cuadrados con ochenta centímetros (14,80mt2). A favor del ciudadano: JOSE FERNANDO OVIEDO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-12.850.852 y domiciliado en la población de Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- N° 833/2006.
La Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria acc

Celsa L. González A.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,