REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Felipe
San Felipe, 28 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2004-000675
ASUNTO : UP01-P-2004-000675
Por cuanto fue juramentada por la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Junio de 2006,para suplir la ausencia de la Abg. Maria Inés PÉREZ Guntiñas, Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N°1, de este Circuito Penal del Estado Yaracuy, quien se encuentra disfrutando de sus vacaciones judiciales correspondientes al período 2005 al 2006, es por lo que me avoco al conocimiento del presente asunto:
En fecha 4 de Abril de 2005, el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01, admitió TOTALMENTE LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CONTRA DE FELIX DANIEL MOYETONES, titular de la cedula de Identidad N° V- 7.511.829, ampliamente identificado en autos, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el artículo 34 de la L.O.S.S.E.P; en perjuicio de la sociedad, y sus respectivas pruebas testimoniales y documentales presentadas por el Ministerio Publico por ser útiles, necesarias y pertinentes, admite las pruebas testimoniales de los testigos presénciales promovidos por la defensa por ser útiles, necesarias y pertinentes, y no admite de la declaración ofrecida en el día de hoy por el acusado por cuanto tiene su derecho en el Juicio Oral y Público que se celebre. Igualmente le decretó medida judicial preventiva y Ordenó su reclusión en la comandancia de Policía de San Felipe del Estado Yaracuy
Este tribunal en virtud de los acontecimientos suscitados en la Comandancia General de la Policía de San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Junio de 2006, donde ocurrió una fuga de cinco personas que se encontraban detenidas en dicha Institución, el cual estaban en calidad de deposito , y por cuanto tampoco se les puede garantizar por mucho tiempo su estadía en dicho lugar, según conversaciones sostenida por las autoridades competentes vía telefónica, este Tribunal acuerda el Traslado del acusado FELIX DANIEL MOYETONES , titular de la cédula de identidad personal número V.-7.511.829 al Internado Judicial de San Felipe del Estado Yaracuy, donde permanecerá recluido a la orden de este despacho, y así se decide
DECISIÓN
En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N°1, de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda el Cambio de Reclusión del acusado FELIX DANIEL MOYETONES, titular de la cedula de Identidad N° V- 7.511.829, quien se encuentra incurso en la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el artículo 34 de la L.O.S.S.E.P; en perjuicio de la sociedad, al Internado Judicial de San Felipe del Estado Yaracuy, donde permanecerá recluido a la orden de este despacho, quien se encuentra en la Comandancia General de la Policía de San Felipe del Estado Yaracuy, Ofíciese lo conducente . Notifíquese a las partes. Cúmplase
Juez de Juicio N° 1
Abg. Carmen Natalia Zabaleta
Secretaria
Abg. Cecilia Zerpa de Delgado
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