REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2006-000134
PARTE DEMANDANTE ALISBET COLMENAREZ VERASTEGUI, LUISANA ROSA DURAN RODRIGUEZ, ERIKA EVELIN FERNANDEZ BARBOZA, ISABEL CRISTINA PAEZ RODRIGUEZ y IRIS MAGALI RANGEL DE CHIRINOS
APODERADOS JOSE LUIS PINTO COVA Y CARLOS ANDRES VELIZ FIGUEROA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 70.819 y 69.746, respectivamente.
PARTE DEMANDADA GOBERNACION DEL ESTADO YARACUY
APODERADO MIGUEL ORLANDO TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 115.396
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los tres (03) días del mes de Julio del año 2006, siendo las diez de la mañana (10:00 A.M), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Juez MARY SALOME SALCEDO, anunciada como ha sido la Audiencia fijada y ordenada como ha sido la verificación de la asistencia de las partes, siendo la fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar de la presente causa, signada con el No. UP11-L-2006-000134 de la nomenclatura de este Tribunal, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por las ciudadanas ALISBET COLMENAREZ VERASTEGUI, LUISANA ROSA DURAN RODRIGUEZ, ERIKA EVELIN FERNANDEZ BARBOZA, ISABEL CRISTINA PAEZ RODRIGUEZ y IRIS MAGALI RANGEL DE CHIRINOS, todas plenamente identificadas en autos, representadas en este acto por el abogado en ejercicio CARLOS ANDRES VELIZ y JOSE LUIS PINTO COVA, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 69.746 y 70.819 respectivamente, CONTRA GOBERNACION DEL ESTADO YARACUY, representado en este acto por los abogados MILAGROS GARCIA y MIGUEL TORRES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 54.890 y 115.396 respectivamente, la ciudadana Juez declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar, recordándole y explicándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes involucradas en esta causa y de este modo lograr ahorro de energías y recursos, mediante la evitación de un proceso prolongado. Del debate entre las partes se evidenció que las demandantes LUISANA ROSA DURAN RODRIGUEZ, ERIKA EVELIN FERNANDEZ BARBOZA, ISABEL CRISTINA PAEZ RODRIGUEZ e IRIS MAGALI RANGEL DE CHIRINOS, ampliamente identificadas en autos, ya recibieron lo que les correspondía por prestación de antigüedad y los intereses generados ya que la demandada les liberó el fideicomiso a nombre de las mismas, faltando por recibir lo que corresponde por concepto de prestación de antigüedad y los intereses generados la ciudadana ALISBET COLMENAREZ VERASTEGUI, identificada en autos, ya que existe la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio, ambas partes solicitan la prolongación de la presente audiencia preliminar. En este estado, el Tribunal certifica que a las ciudadanas LUISANA ROSA DURAN RODRIGUEZ, ERIKA EVELIN FERNANDEZ BARBOZA, ISABEL CRISTINA PAEZ RODRIGUEZ e IRIS MAGALI RANGEL DE CHIRINOS, ampliamente identificadas en autos, la demandada les liberó el fideicomiso aperturado por a nombre de cada una de las demandantes mencionadas y acuerda la prolongación de esta audiencia y fija su continuación para el día catorce (14) de Julio del año en curso a las nueve de la mañana (09:00 A. M). Siendo las once y nueve minutos de la mañana (11:09 A. M). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez,
Abg. MARY SALCEDO
La parte demandante, La parte demandada,
La Secretaria,
Abg. GRECIA VERASTEGUI
|