REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 31 de Julio de Dos Mil Seis
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2005-000661
ASUNTO : FP11-L-2005-000661
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
Hoy, 31 de Julio de 2.006, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, anunciada a viva voz por parte del personal de alguacilazgo se deja expresa constancia la comparecencia del ciudadano Franklin Benjamín Guzmán, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 5.342.119, debidamente asistido en este acto por el Dr. Julio José Toussaint Gastello, quien es abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 69.319 por una parte y por la otra el Dr. Juan Alberto Castro Palacios, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. 10.631 en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada Dell Aqua C.A. y del tercero garante Seguros Guayana C.A., dándose así inicio a la audiencia, efectuándose entre las partes y el juez aspectos de índole jurisprudencial, legal, doctrinaria y fáctica que pertinente ir paulatinamente estableciendo parámetros de discusión y conciliación por lo que este Tribunal en razón de la necesaria mediación que debe prevalecer en estos casos, efectúa lo pertinente y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Lunes 18 de Septiembre de 2.006 a las 10:00 a.m., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
El Juez
El Secretario
Dr. RICARDO COA MARTINEZ
Los presentes