REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, once (11) de julio de dos mil seis
196º y 147º
Asunto: FP02-S-2006-4246
Visto el escrito de fecha 06 de julio de 2006, presentado por los ciudadanos VICTOR DANILO RAMOS KAARA y MARIA LOURDES HURTADO, debidamente asistido el primero por la abogado en ejercicio MARIA ELENA SILVA CONDE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 33.807, de este domicilio y la segunda por el abogado en ejercicio LEONEL JOSE JIMENEZ ISEA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 101.973 y de este domicilio y visto igualmente el documento contentivo de la liquidación y partición amistosa de los bienes habidos en la Comunidad Conyugal que existió, realizada entre los excónyuges antes nombrados, debidamente presentados por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.- El Tribunal, le imparte su aprobación y ordena expedir a cada excónyuge la copia certificada del presente auto.-
Por fuerza de las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION a la PARTICIÓN DE GANANCIALES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL en la forma y términos señalados en dicho escrito de PARTICIÓN AMISTOSO.-
El Juez,
Abg. Manuel Alfredo Cortéz.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/leydner.-
Resolución N° PJ0192006000089
|