REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolivar
Ciudad Bolivar, veintisiete de julio de dos mil seis
196º y 147º

Vista la diligencia de fecha 25 de julio del 2006, mediante la cual el ciudadano AQUILES JOSÉ MALAVÉ LÓPEZ, parte actora, debidamente asistido por la ciudadana TRINA NAVARRETE DE RON, abogado en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 4.166, procede a desistir del procedimiento en el presente juicio.- El Tribunal en atención a lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y teniendo como tiene la actora la facultad para desistir, y no siendo materia sobre la cual estén prohibidas las transacciones, el Tribunal, lo homologa y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Se dan por terminadas las presentes actuaciones y se ordena remitir el presente expediente a la oficina de Archivo Judicial de este Estado a los fines de su mejor resguardo, así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase lo ordeno. -
El Juez,

Ab. Manuel A. Cortéz B.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-

MACB/SCH/av.-
ASUNTO: FP02-F-2006-000070
Resolución N° PJ0192006000125