COMISION N° 618-06

En horas de Despacho del día de hoy, dieciocho (18) de Julio del año dos mil seis (2006), siendo las 12:20 p.m., se trasladó y constituyó este Juzgado primero Ejecutor de Medidas con la presencia del Juez Temporal Francisco Bárbara y el secretario Angel bravo, abogados, titulares de las cédulas de identidad números 8030441 y 4522374, en un sitio denominado sector Edecio La Riva, calle c de la población de Tucani del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, con el objeto de practicar Medida de Desalojo, por lo previsto en el articulo 537 del Código de Procedimiento Civil, decretado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, El Vigía, presente una ciudadana quien dijo ser y llamarse Gregoria del Carmen Trejo Dávila, la cual se identifico con el N° de cédula de identidad No 9.398.554, de este domicilio a quien el Tribunal le notificó la misión de la constitución de este Juzgado. Presente el abogado Edilso Florido, titular de la cédula de identidad No 9.397.538, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 72.296, presente los agentes policiales destacados en la Sub-Comisaría N° 15 de esta población Yohana Maria Avendaño, titular de la cédula de identidad No 16.657.439 y José Gregorio Rangel, titular de la cédula de identidad No 14.250.509, presente la ciudadana Karin del Valle Méndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 10.242.518 de este domicilio y la Depositaria Judicial Los Andes C.A. representada por la ciudadana Belquis Carrillo, titular de la cédula de identidad No 9.985.105, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. En este estado solicita el derecho de palabra: En estado se hizo presente Mileydys Yamilis Rodiño Cárdenas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 12.494.236, a quien el Tribunal le notifico de la misión de su constitución, continuando con el derecho de palabra el ciudadano Orlando de Jesús Araujo asistido por su abogado Leandro Fernández, ambos suficientemente identificados en autos, concedido como fue expuso: Solicito a este Tribunal Ejecutor le sea concedido el termino de cuatro (4) días hábiles a partir de la presente fecha los cuales vencen el día martes 25 de Julio del presente año, y que los mismo inmuebles le sean entregados en la fecha antes señalados a la depositaria judicial arriba nombrada, en caso de negativa de parte de las notificadas en efectuar el referido acto a la Empresa, pido al Tribunal que retenga la presente comisión hasta tanto la representante de la Depositaria Judicial informe al Juzgado Ejecutor la entrega o no, tiempo que conceda y en caso de ser negativo pido se traslade nuevamente a este lugar, la cual la solicitare con diligencia interpuesta (lo enmendado “Tiempo que” vale) no expuso más. En este estado expone el perito avaluador los inmuebles se encuentran en las mismas condiciones que fue peritada en fecha ocho (08) de marzo del presente año que riela en el folio 10 y siguientes de la presente comisión no expuso más. Visto lo solicitado por el demandante así lo acuerda en los términos expresados no habiendo más actuaciones que practicar se acuerda regresar a su sede natural. Se leyó y conformes firman siendo las 3:30 p.m. El Juez Temporal. Abg. Francisco Bárbara R. (Firma ilegible) Notificados. Gregorio del Carmen Trejo. (Firma ilegible) Mileydis Yamili Rediño. (Firma ilegible) Demandante. Orlando Araujo. (Firma ilegible) Abogado Asistente. Leandro Fernández. (Firma ilegible) Perito Avaluador. Karin Mendez. (Firma ilegible) Depositaria Judicial. Belquis Carrillo. (Firma ilegible) Funcionario de Protección. Edilso Florido. (Firma ilegible) Agentes policiales. Yohana Maria Avendaño. (Firma ilegible) José Gregorio Rangel. (Firma ilegible) El Secretario. Abg. Angel Bravo. (Firma ilegible).