..GADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 15 de Junio de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas: CRUZ ELENA BRITO Y MARIA ISABEL ARIAS PARRA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros: 4.479.771 y 5.457.917, respectivamente, de este domicilio; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias construidas en una extensión de terreno irregular Municipal, con un área total de quinientos sesenta y tres metros cuadrados con noventa centímetros (563,90 mts.2) y con un área de construcción de sesenta metros cuadrados (60 mts.2), ubicado en la carretera Vía Aroa, casa N° 11, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, las cuales consisten en una casa que mide seis (06) metros de frente por diez metros con cincuenta centímetros (10,50) de fondo (6fte x 10,50 fdo), construida con paredes de bloques de cemento, piso de cemento pulido, techo de teja, puertas y ventanas de hierro, dividida internamente en una (01) habitación, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) comedor, con sus servicios de agua, luz y aseo, cercada con alambre de púas, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Carretera vía a Aroa; SUR: Solar de Jorge Mendoza 7; ESTE: Casa de Jorge Mendoza; y OESTE: Casa de Antonia Pineda y Juana Brito; a favor de la Ciudadana : YELITZA BEATRIZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.936.836 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal. Solicitud N° 691.-

La Jueza,


Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,

La Secretaria Temporal,


Abgº. Mónica de Lourdes Polo Morales
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria Temporal,