..GADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 16 de Junio de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas: CARMEN AURORA SANCHEZ SEQUERA Y MORAIMA JOSEFINA RODRIGUEZ MENDOZA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros: 7.555.387 y 7.906.913, respectivamente, domiciliadas en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias construidas en un lote de terrero de origen Municipal, ubicado en la calle 3 o Piar con Avenida 10 ó Garofalo barrio Los Bomberos del Municipio autónomo Cocorote del Estado Yaracuy, el cual tiene una extensión de ciento setenta y nueve metros cuadrados (179 mts2). Dichas bienhechurias consisten en un inmueble constituido por un rancho con las siguientes características: Paredes de zinc, techo de zinc, piso de cemento rústico, puertas de madera, la cual consta de una habitación, con instalaciones de aguas negras y blancas, servicio de luz eléctrica y demás servicios básicos, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa y solar que es o fue de la familia Camacaro; SUR: Con casa y solar que es o fue de la familia González; ESTE: Casa y solar que es o fue de la familia Suárez; y OESTE: Calle Piar que es su frente; a favor de la Ciudadana : AIDA ROSA CHIRINOS COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.912.675 , domiciliada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal. Solicitud N° 697.-

La Jueza,


Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,

La Secretaria Temporal,


Abgº. Mónica de Lourdes Polo Morales
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria Temporal,