JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 27 de Junio de 2006
Años: 196º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por el interesado, ciudadanas DELIA FIDELINA PARRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. 7.510.119 y MARIA SOFIA MONTOYA OCHOA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.514.989, ambas domiciliadas en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias en una extensión de terreno municipal el cual mide TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (377,84 Mts2) aproximadamente y un área de construcción de Ciento Seis Metros Cuadrados con Sesenta y Seis (106,66 Mts2) aproximadamente, ubicado en la 4ta Avenida Zamora, entre calle 8 Farriar y el paseo La Playita de la población de Cocorote Municipio Autónomo Cocorote del Estado Yaracuy, el cual consiste en una casa o inmueble, con paredes de bloques cemento piso de cemento, puerta de hierro, ventanas de hierro y vidrio con protector, techo de acerolit distribuida asi: Una (1) sala de recibo, tres (3) habitaciones, un (1) pasillo, una (1) sala de baño, Una (1) cocina, un (1) comedor, un (1) lavadero, un (1) patio con plantas frutales como aguacates, cambur, limón cercada con paredes de bloques cemento y alambre, instalaciones de aguas negras y eléctricas, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con la casa del Sr. Tomas Terán y Avenida Zamora de por medio; SUR: Con solar y casa de la Sra. Rosa Tacoa sucesión Idelfonso Barrio; ESTE: Con la casa de Tomas Terán y solar con la casa y solar Elizabeth Marín, casa y solar Rullere Parra; y OESTE: Con la casa de Migdalys Peña, a favor del ciudadano ALEXIS RAFAEL PEÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.965.260 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal.
La Jueza,


Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,

La Secretaria Temporal,

Abgº. Mónica de Lourdes Polo Morales
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.
La Secretaria Temporal,