JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 26 de Julio de 2006
Años: 196º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la interesada, ciudadanas KARELIS COROMOTO ROJAS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 12.082.105, y LUZ MARINA RINCON, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. 7.589.141, ambos domiciliados en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias sobre un área de terreno municipal, el cual mide OCHENTA Y CINCO (85M.L.) METROS LINEALES DE ANCHO POR CIENTO OCHENTA Y CINCO (185M.L.) METROS LINEALES DE LARGO para un total de QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTICINO METROS CUADRADOS , ubicado en el Carrito Vía Autopista Morón Jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, constituido por una casa de bahareque, en la entrada principal con puerta de madera, de una (1) habitación, techo de zinc, y vigas de hierro, un (1) tanque de nivel del suelo cemento de veinte (20) mil litros de agua, cercado en su totalidad en alambre de púa; sembradíos de árboles frutales con la siguiente variedad: ciento diez (110) matas de aguacate, veinte (20) matas de naranja, seis (06) matas de limones, seis (06) matas de mango; dentro de los siguientes linderos: NORTE: Autopista Rafael Caldera vía San Felipe – Morón ; SUR: Vía Ferrocarril; ESTE: Parcela dueño de la Estación de Servicio del Peñón; y OESTE: Parcela del Señor Agavito Castillo, a favor de la ciudadana ROSA MARGARITA GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.284.800 y domiciliada en el Barrio Monte de Oro, Calle 5, Sector 1, numero de casa 3-10 Marín Municipio San Felipe del estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal.
La Jueza,
Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,
Abg° Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.
La Secretaria,
Abg° Karelia Marilú López Rivero.
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