JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 8 de Junio de 2006
Años: 196º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la interesada, ciudadanas: KARELIS COROMOTO ROJAS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 12.082.105 y LUZ MARINA RINCON, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. 7.589.141, ambas domiciliadas en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias en terreno municipal, el cual mide OCHENTA Y CINCO (85M.L.) METROS LINEALES DE ANCHO POR CIENTO OCHENTA Y CINCO (185 M.L.) METROS LINEALES DE LARGO para un total de QUINCE METROS Y SETECIENTOS VEINTINCO DECÍMETROS CUADRADOS (15.725 MTS2), ubicado en el Cerrito Vía Autopista San Felipe – Morón Jurisdicción del Municipio San Felipe Estado Yaracuy, el cual consiste en una casa de bahareque, en la entrada principal con puerta de madera, de una (1) habitación, techo de zinc y vigas de hierro, un (1) tanque a nivel del suelo de cemento de veinte (20) mil litros de agua, cercada en su totalidad en alambre de púa; sembradíos de árboles frutales con la siguiente variedad: Ciento Diez (110) Matas de Aguacate, Veinte (20) Matas de Naranja, Seis (6) Matas de Limones, seis (6) matas de mango, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Autopista Rafael Caldera vía San Felipe - Morón; SUR: Vía Ferrocarril; ESTE: Parcela dueño de la Estación de Servicio del Peñón; y OESTE: Parcela del Señor Agavito Castillo, a favor de la ciudadana ROSA MARGARITA GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.284.800 y domiciliada en el Barrio Monte de Oro, Calle 5, Sector 1 Numero de Casa 3-10 Marín Municipio San Felipe del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal.

La Jueza,


Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria Temporal,


Abgº. Mónica de Lourdes Polo Morales
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.
La Secretaria Temporal,

Abgº. Mónica de Lourdes Polo Morales