REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
196° Y 147°

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000207
PARTE DEMANDANTE: NATHALY DEL VALLE RAMIREZ de MATOS
REPRESENTADA POR: Abg. FELIX ENRIQUE ESCORIHUELA PAZ
PARTE DEMANDADA: FUNDACION ESCUELA DE MUSICA DEL
MUNICIPIO JOSE ANTONIO PAEZ
EN LA PERSONA DE: MARIA EUGENIA CASTAÑEDA CASTRO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veinte (20) Días del mes de Junio de 2006, siendo Las 10:00 A.M., oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana: NATHALY DEL VALLE RAMIREZ de MATOS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 12.386.373, representada en este acto por el Abogado en ejercicio FELIX ESCORIHUELA PAZ, venezolano, mayor de edad, e Inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.192, domiciliado en la ciudad de Valencia Estado Carabobo y aquí de transito, CONTRA: la FUNDACION ESCUELA DE MUSICA DEL MUNICIPIO JOSE ANTONIO PAEZ, en la persona de la ciudadana: MARIA EUGENIA CASTAÑEDA CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.525.388, quien no se encuentra debidamente asistida de Abogado alguno, conforme a la causa Nº UP11-L-2006-000207, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto el Apoderado Judicial de la parte actora, Abogado en ejercicio: FELIX ENRIQUE ESCORIHUELA PAZ, antes identificado; y la parte demandada la FUNDACION ESCUELA DE MUSICA DEL MUNICIPIO JOSE ANTONIO PAEZ, en la persona de la ciudadana: MARIA EUGENIA CASTAÑEDA CASTRO, ya identificada, asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la Directora Musical de la FUNDACION ESCUELA DE MUSICA DEL MUNICIPIO JOSE ANTONIO PAEZ, ciudadana: ANA TERESA GUEDEZ VILARO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.083.183. Establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. En este estado el Tribunal constata que la parte demandada no cuenta con la asistencia legal de abogado, se DIFIERE esta Audiencia Preliminar para el día LUNES DIEZ (10) DE JULIO DEL AÑO 2006 A LAS DIEZ (10:00 AM.) DE LA MAÑANA. Se difiere para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y efectos, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veinte (20) Días del mes de Junio de 2006. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:30 AM.
El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.


Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ

Parte Demandante Parte Demandada:
FUNDACION ESCUELA DE MUSICA DEL MUNICIPIO JOSE ANTONIO PAEZ
EN LA PERSONA DE:
MARIA EUGENIA CASTAÑEDA CASTRO

Representada por: Directora Musical:

ANA TERESA GUEDEZ VILARO

Abg. FELIX ESCORIHUELA PAZ




La Secretaria,


Abg. MIRBELIS ALMEA ÁLVAREZ









CFRR/MAA/RubénArrieta.-