REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
ASUNTO N° UP11-L-2005-000313

En el día de hoy, Jueves Ocho (08) de junio del año dos mil seis (2006), siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por el ciudadano LIBIO SILVINO ANDRADE contra el MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO YARACUY. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se encuentra presente la parte actora a través de su apoderado judicial Abogado ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.555. Asimismo se deja constancia de que la parte demandada se encuentra presente a través del Abogado ALBERTO JOSÉ RODRÍGUEZ LOZADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.338, en su condición de SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado OLGA NUÑEZ DE MEZA, la secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se da inicio a la presente audiencia.----------
Seguidamente, concedió el derecho de palabra a la parte actora, a través de su apoderado judicial Abogado ZAFIRO NAVAS, ya identificado, quien ratificó los hechos narrados, fundamento de derecho, y conceptos pretendidos por su mandante, contenidos en el escrito libelar.
Tomó la palabra la parte demandada a través del SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL, ya identificado, quien reconoció la relación laboral que existió entre el actor y su representado, así como los conceptos que de ella se derivan exceptuado los conceptos de horas extras y días feriados trabajados reclamados por el actor.
Las partes no hicieron uso de su derecho a réplica y contrarréplica, por haberlo así manifestado.
Finalmente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:---------------------------------------------------------------------------------------
Por la parte DEMANDANTE:
1. Prueba Documental:
. Recibos de pago (f.20-22)
Observación: La parte demandada no hizo observación alguna.

2. Exhibición de documentos: referida a Nóminas correspondientes a las semanas de Noviembre y diciembre de 2004

Observación: La parte demandada manifestó no traer nada para consignar y exhibir.

3. Prueba de Informe: dirigida al Instituto Venezolano del Seguro Social
Se deja constancia de la no constancia en autos de sus resultas.

4. Testimoniales: Ramón Antonio Lameda y Raúl Antonio Rea.
Los testigos promovidos no comparecieron a la audiencia para su evacuación


La parte DEMANDADA no hizo uso de su derecho de promoción de pruebas.


Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
En este estado este Tribunal pasa a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.---------------------------------------------
Vencido dicho lapso la Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por el ciudadano LIBIO SILVINO ANDRADE contra el MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO YARACUY.- SEGUNDO: SE CONDENA AL MUNICIPIO DEMANDADO al pago de las cantidades y conceptos que resulten en el texto íntegro de la sentencia. TERCERO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS a la parte demandada por no haber resultado totalmente vencida. CUARTO: Este Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.

La Juez de Juicio;

Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA


Por la parte demandante Por la parte demandada

Abg. ZAFIRO NAVAS IÑIGUEZ Abg. ALBERTO RODRÍGUEZ LOZADA



La Secretaria Temp;

Abg. ZORAN GARCIA DIAZ

El Alguacil;

NEIL ALTUVE