REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Quince (15) de Junio de 2006
196° y 147°


ASUNTO: UP11-S-2006-000013


Vistos los escritos de pruebas presentados por las partes, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisión de las mismas de la siguiente manera:

PARTE DEMANDANTE: En cuanto a la prueba descrita en el numeral Uno referente a la carta de despido, este Tribunal la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar ilegal ni impertinente de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo en su artículo 75.

PARTE DEMANDADA: En cuanto a la prueba descrita en el capitulo PRIMERO este Tribunal, la ADMITE por no resultar ni ilegal e impertinente. En cuanto a la referida en el capitulo SEGUNDO, se ADMITE y se ordena oficiar a la unidad de Supervisión de la Inspectoría del Trabajo para que informe sobre lo solicitado por el demandado a los fines de que informe a este tribunal el siguiente particular: El número de Trabajadores que laboran en la empresa Laboratorio Policlínica San Felipe. Librese oficio y cúmplase lo ordenado. En cuanto a la prueba detallada en el capitulo TERCERO se ADMITE por no resultar ni ilegal e impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.
El Juez,

Abg. CARLOS MANUEL FUENTES
La Secretaria;

Abg. GRECIA VERASTEGUI