REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Diecinueve (19) de Junio de 2.006.
196° y 147°

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

DEMANDANTE: FONDO DE CREDITO AGRICOLA DEL ESTADO MONAGAS (FONCRAMO) Instituto Autónomo, publicado en Gaceta Oficial del Estado Monagas, Número Extraordinario Año LXVI de fecha 28 de febrero de 1996, posteriormente reformado y publicado en Gaceta Oficial del Estado Monagas Año LXXII Número Extraordinario de fecha 15 de Octubre de 2003.

ABOGADO APODERADO: ANDRES RODOLFO PINO PINO, Abogado en ejercicio y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 56.358.

DEMANDADO: CARMEN YAMELIS MARCANO TOVAR venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.515.214.

ABOGADO APODERADO: No constituyó apoderado en el juicio.

ASUNTO: EJECUCION DE HIPOTECA (AGRARIO).
Exp. 0511
UNICO

Por cuanto se observa en autos que desde la fecha 09 de mayo de 2005 inserta al folio 27 se libró cartel de intimación solicitado por la parte demandante, y consta igualmente en autos haber retirado el cartel, sin que hasta la presente fecha haya sido consignado su publicación, y por cuanto la instancia se extingue al transcurso de un año, no consta en los autos que la parte interesada haya realizado actuación alguna, para cumplir con la responsabilidad que le impone la Ley, en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia de Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en atención a los dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, Impartiendo Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara: PERIMIDA LA INSTANCIA, se deja sin efecto la Medida de Prohibición Enajenar y Gravar, decretada en la causa, se acuerda oficiar a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sotillo del Estado Monagas a los fines consiguientes. Líbrese oficio.
EL Juez Temporal

Abg. Ángel Silva Acuña. El Secretario,

Abg. Eligio Velásquez E.
Exp. 0511.
j.a