REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Diecinueve de Junio del 2006.-

196° 147°

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:


DEMANDANTES: GISELA SEBASTIANI DE VALERA, VIRGINIA VALERA, RICARDO VALERA, EDUARDO VALERA SEBASTIANI, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. 3.700.099; 11.343.502; 11.778.958 y 14.339.663 respectivamente.

ABOGADO APODERADO: MARIA PINO PAREDES Y JUAN JOSE PINO PAREDES, abogados en ejercicio y de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 41.067 y 25.407.

DEMANDADO: EMPRESA VINCOMIX, C.A.

ABOGADO APODERADO: JOSE ARMANDO SOSA OCHOA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.464

ASUNTO: INDEMNIZACION DE DAÑOS MORALES (TRANSITO)

EXP. 0628


UNICO
En fecha diez de Enero del 2006, fue admitida por ante este Tribunal, un juicio por Indemnización de Daños Morales, (Transito), signado con el Nº 628 y reformada en fecha 16 de febrero del mismo año, intentado por los ciudadanos GISELA SEBASTIANI DE VALERA, VIRGINIA VALERA SEBASTIANI, RICARDO VALERA SEBASTIANI, EDUARDO VALERA SEBASTIANI E INES VALERA SEBASTIANI, plenamente identificados, asistidos en este acto por sus apoderados judiciales abogados MARIA PINO PAREDES Y JUAN JOSE PINO PAREDES, en contra de la empresa Vincomix, C.A., el objeto del litigio consiste en la indemnización de los daños morales, derivados del accidente de transito ocurrido en fecha 01-04-2005, a la parte demandante antes nombrados, y cursa por ante este Tribunal , causa signada con el Nº 642, admitida en fecha Trece de Marzo del 2006, que trata de un juicio de Indemnización de Daños Morales, Materiales y Lucro Cesante (Transito) , intentado por los ciudadanos JOSE LUIS BOADA VALERA Y ALEXAIDA C. VALERA RODRIGUEZ, debidamente identificados, asistidos en este acto por la abogada HAICEL YSTURIZ, en su carácter de Apoderada Judicial, en contra de la empresa Vincomix, C.A., DOUGLAS OLIVEROS Y EMPRESA SEGUROS MANFRE, una de las codemandadas es la empresa Vincomix, C.A., ahora bien este Tribunal observa que la empresa que interviene es la misma, el objeto a pedir y el procedimiento es el mismo para ambas causas y se determina para ambos la necesidad de acumularse, conforme a lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 52 del Código de procedimiento Civil, para así evitar sentencias contradictorias en una y otra causa y así se decide.-
Por lo expuesto anteriormente, este Tribunal de primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de conformidad con lo previsto en el Artículo 79 del Código de procedimiento Civil, ordena acumular esta causa Nº 642, en el expediente 628, y como quiera que la causa 628 se encuentra mas adelantada que la Nº 642, se acuerda paralizar este proceso hasta que la que vaya mas atrasada la alcance, cumplidas dichas actuaciones, se reanudará la causa suspendida (628). Emitiéndose una sola sentencia que abrace ambas causas.- CUMPLASE

EL Juez Temporal,

Abg. Ángel Rafael Silva A.

El Secretario,


Abg. Eligio Velásquez