REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-R-2006-000157
ACTA AUDIENCIA ORAL DE APELACION
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PARTE INTIMANTE RECURRENTE: MARÍA TERESA MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.654.138, de profesión abogado en ejercicio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.666.
APODERADO JUDICIAL: Actúa en nombre propio.
PARTE INTIMADA: JOSÉ DE JESÚS MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.597.868.
APODERADOS JUDICIALES: WILMER LYON BASANTA, MARCOS LEÓN QUEVEDO y JOSÉ LUIS HERRERA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.078, 75.335 y 93.101, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA DECISIÓN DICTADA POR EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, EN FECHA 10 DE MARZO DEL 2006.
En el día de hoy, Martes Veintisiete (27) de Junio del año dos mil seis (2006), siendo las diez de la mañana (10:00 AM), día y hora fijada para que tenga lugar la lectura del dispositivo oral del fallo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, relacionada con el recurso de apelación en ambos efectos interpuesto por la parte intimante abogado en ejercicio MARIA TERESA MUÑOZ en contra de la decisión dictada en fecha 10 de Marzo de 2006, por el Juzgado Segundo de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en el juicio de intimación de honorarios profesionales que incoara la abogada MARIA TERESA MUÑOZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.654.138, por INTIMACIÓN Y ESTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES en contra del ciudadano JOSÉ DE JESUS MARTINEZ, suficientemente identificado en autos. Debidamente constituido el Tribunal, se anuncio el acto a las Puertas de la Sala de Audiencias de este Circuito Laboral en la forma de Ley, dejándose expresa constancia que el Tribunal cumplió con el mandato legal previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referido a la reproducción audiovisual del presente acto. De seguidas, se da inicio al acto a través de la intervención de la Secretaria de Sala quien procede a verificar la identificación de las partes, constatándose la comparecencia de los ciudadanos WILMER LYON BASANTA y JOSÉ LUIS HERRERA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.078 y 93.101, respectivamente en su condición de Co-apoderados judiciales de la parte intimada en la presente causa; así como de la incomparecencia de la parte intimante recurrente Abog. MARIA TERESA MUÑOZ, quien no se encuentra presente en la Sala de Audiencias ni por si, ni por medio de apoderado judicial. De seguidas interviene la ciudadana Juez, quien tomó la palabra y procedió a exponer: “En virtud de la incomparecencia de la parte intimante recurrente, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada en ejercicio MARIA TERESA MUÑOZ, en su condición de parte intimante recurrente, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 10 de Marzo del 2006. SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria anterior, SE RATIFICA el contenido de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 10 de Marzo del 2006. TERCERO: No se condena en costas a la parte intimante recurrente. CUARTO: Se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes, vencidos los lapsos de ley. Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Seguidamente, siendo las Diez y Treinta (10:30 AM) de la mañana, se levantó la presente acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman.
JUEZA PRIMERA SUPERIOR DEL TRABAJO
DRA. YNDIRA NARVÁEZ LÓPEZ.
LOS CO-APODERADOS JUDICIALES DEL INTIMADO.
SECRETARIA DE SALA
ABOG. MARJORIE GARCÍA RODRÍGUEZ.
PUBLICADA EN EL DÍA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS ONCE (11:00 A.M.) MINUTOS DE LA MAÑANA.
SECRETARIA DE SALA.
ABOG. MARJORIE GARCÍA RODRÍGUEZ.
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