REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 7 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2006-001860
ASUNTO : LP01-P-2006-001860



Visto y analizado la solicitud del ciudadano EMIRO ANTONIO LEON BARON, Abogado en ejercicio, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado No 105. 687, con domicilio procesal Conjunto Residencial Dr. Pedro Rincón Gutiérrez, avenida Los Próceres, torre 02, apto 3.2, Sector Santa Bárbara, teléfono 2667909, obrando en su condición de apoderado del ciudadano JAIME DE JESUS ARANDA MORA , quien es venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio Agricultor, titular de la cédula de identidad No 15.694.706, domiciliado en el sector Rió Arriba, casa S/N, Canagua, Municipio Arzobispo Chacon del Estado Mérida, quien requiere del Tribunal le sea entregado un vehículo de su propiedad con las siguientes características; MARCA TOYOTE, MODELO LAND CRUISER, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA FJ40-939510, SERIAL DEL MOTOR 2F605910 (por cambio de motor), color azul, placas FCC653, MODELO 1984, TECHO DURO. Igualmente señala que reposan en el expediente copia del certificado de Registro Automotor.

Así las cosas y como quiera que del análisis que hace esta Juzgadora observa como muy bien lo expresa el solicitante que reposa en el expediente copia del certificado del Registro Automotor, lo que se deduce que impidió a la fiscalía Octava ordenar la practica de la experticia de autenticidad o falsedad de dicho título, es por lo que se ordena remitir urgente las presentes actuaciones con el objeto de que se practique dicha experticia, también se observo que aluden los solicitantes que hubo cambio de motor lo cual no consta en los autos que conforman la causa algún documento que acredite el cambio del motor. es por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se ordena a los solicitantes acudir al Despacho fiscal a objeto de hacer entrega de estos documentos y así hacer la respectiva experticia en el caso del titulo de propiedad, presentar el original y en con relación al cambio de motor, acreditarlo. Así se decide.
Envíese la causa urgente a la Fiscalía Octava del Ministerio Público y notifíquese a las partes.


NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.


LA JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06,

ABG. MARIANELA MARÍN ESTRADA.

LA SECRETARIA,

ABG.

En fecha _____________________ se libraron boletas de notificación números _________________________________________.