REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 01
El Vigía, 27 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2002-000042

De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Ejecución N° 1, ACUERDA: Elaborar Cómputo Actualizado, a los fines de verificar el cumplimiento de la pena, del penado EDIXON ENRIQUE CONTRERAS, observando esta Juzgadora que fue detenido en fecha 20/10/2001, permaneciendo en las mismas condiciones hasta el día 27/06/2006, día en que fue efectuado el cómputo, es decir por CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES Y NUEVE DÍAS, que sumados a una redención de fecha 10/09/2003, por once (11) meses, le da un total de pena cumplida con redención de CINCO (05) AÑOS, CINCO (05) MESES Y NUEVE (09) DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, le falta por cumplir CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES, VEINTIUN (21) DÍAS, la cual cumplirá en fecha diecinueve (19) de noviembre (11) de 2010 (19/11/2010) al finalizar el día. Considerando esta Juzgadora que el penado aún no tiene el tiempo requerido para libertad condicional, que tiene el lapso requerido para decretar el beneficio de Régimen Abierto, siendo necesario para acordar tal beneficio el informe referencial, la constancia de estudio, la constancia de residencia y la constancia de trabajo. Notifíquese al penado para que consigne a este Tribunal los recaudos anteriormente señalados, así mismo ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario a los fines de que informarle del presente cómputo de pena y a los fines de que remita el informe referencial del penado EDIXON ENRIQUE CONTRERAS. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01

ABG. MERCEDES LA TORRE VILORIA

LA SECRETARIA,