REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

GADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, quince de junio de dos mil seis.

196° y 147°

Vista la apelación interpuesta en fecha catorce del presente mes y año, por la abogada MARÍA ALEJANDRA PÉREZ PÉREZ, en su carácter de coapoderada judicial del ciudadano ABILIO GUERRERO, parte recurrente en la presente acción de amparo constitucional, contra la sentencia dictada por este Tribunal el 09 de junio del corriente año, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se admite en un solo efecto; y dada la naturaleza del fallo recurrido, se acuerda remitir original del presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que conozca de dicho recurso. En consecuencia, désele salida y remítase con oficio.


El Juez Provisorio,



Daniel Monsalve Torres

El Secretario,



Roger E. Dávila Ortega

En la misma fecha se remite el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con oficio Nº 0240- 2006, salida Nº 02/73, en dos piezas, constante de 530 folios útiles.

El Secretario,



Roger E. Dávila Ortega