REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
195º y 147º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-S-2006-000004-
PARTE DEMANDANTE: RICHARD ALEXANDER GONZALEZ SUAREZ
REPRESENTADO POR: Abg. ALCIDES M. ESCALONA M.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES E INVERSIONES VESUBIO CONINVENCA, C.A.
PARTE DEMANDADA SOLIDARIAMENTE: SERVICIOS DE DRAGADOS Y PRESAS (SEDRAPRE, C.A.)
EN LA PERSONA DE: EDGAR FERNÁNDEZ AGUINO
REPRESENTADOS POR: Abg. AURA DEL VALLE VALDEZ MARTINEZ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Dieciséis (16) días del mes de Marzo de 2006, siendo las 11:00 AM., de la mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por CALIFICACIÒN DE DESPIDO, incoada por el ciudadano: RICHARD ALEXANDER GONZALEZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº 15.769.185, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderado Abogado en ejercicio: ALCIDES MANUEL ESCALONA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.651.478, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 90.484, domiciliado en la Ciudad de Yaritagua, Estado Yaracuy, actuando con su carácter acreditado en autos, CONTRA: la empresa CONSTRUCCIONES E INVERSIONES VESUBIO CONINVECA, C.A, en la persona del ciudadano: EDGAR FERNANDEZ AGUINO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 10.329.352, en su carácter de Jefe de Obra, de este domicilio, en su carácter de parte Demandada, representada en éste acto por su Apoderada Judicial Abogada en ejercicio: AURA DEL VALLE VALDEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº.6.921.852 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 52.140, domiciliada en la Ciudad de Tinaquillo, Estado Cojedes, aquí de transito y en contra de la empresa SERVICIOS DE DRAGADOS Y PRESAS (SEDRAPRE, C.A.), en la persona del ciudadano: EDGAR FERNÁNDEZ AGUINO, ya identificado, en su condición de representante de la parte Codemandada Solidariamente, representada en éste acto por su Apoderada Judicial Abogada en ejercicio: AURA DEL VALLE VALDEZ MARTINEZ, antes identificada e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 52.140, actuando con su carácter acreditado en autos, conforme a la causa signada con el Nº UP11-S-2006-000004, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto todas las partes, y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la audiencia. En consecuencia, este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 24-03-2006, a las 03:00 PM. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Ambas partes de mutuo acuerdo convienen un lapso de espera de 15 minutos. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores.
Se hace Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Dieciséis (16) días del mes de Marzo de 2006. Siendo las 11:45 AM, de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
La parte demandante: La parte demandada y Codemandada Solidariamente:
CONSTRUCCIONES E INVERSIONES VESUBIO CONINVENCA (C.A.)
Representado por: SERVICIOS DE DRAGADOS Y PRESAS (SEDRAPRE, C.A.)
Abg. ALCIDES M. ESCALONA.
Representadas por:
Abg. AURA . VALDEZ MARTINEZ
La Secretaria Accidental,
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