Veinticuatro (24)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Primera Instancia de Sustanciación Mediación Y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

San Felipe, Veintidós (22) de Marzo de 2006
195º y 147º

Asunto: UP11-L-2006-000024.-

Visto que la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente asunto estaba fijada para el día de hoy Miércoles 22-03-2006 a las 9:00 AM., y por cuanto la ciudadana Juez del Despacho por asuntos ineludibles a asuntos propios esta imposibilitada a presidir dicha audiencia, este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la fase del proceso laboral, acuerda REPROGRAMAR este Audiencia Preliminar Prolongada, para el día MIERCOLES 29-03-2006 a las DIEZ (10:00 AM.), DE LA MAÑANA. No se notifica a las partes porque están a derecho, de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.

La Juez


Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ



La Secretaria Accidental,




Abg. NORAYDEÉ REVEROL VEROES







AVLH/NRV/RubénArrieta.-