REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
195º y 147º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000011-
PARTE DEMANDANTE: FRANCISCO Y. ESCALONA R.
REPRESENTADO POR: Abg. MIRIAN PAREDES PARRA
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS DE VIGILANCIA INTEGRAL, SERVINCA, C.A
EN LA PERSONA DE: HELY SAUL NAVAS PETIT
REPRESENTADA POR: Abg. MANUEL VICENTE NAVAS P.
PARTE CODEMANDADA SOLIDARIAMENTE: HELY SAUL NAVAS PETIT
REPRESENTADO POR: Abg. MANUEL VICENTE NAVAS P.
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los NUEVE (09) días del mes de Marzo 2006, siendo las 10:00 AM., de la mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar y continúe el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano: FRANCISCO YGNACIO ESCALONA ROJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 12.726.658, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial Abogada en ejercicio: MIRIAN PAREDES PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.579.730, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 95.579, actuando con el carácter acreditado en autos, de este domicilio, CONTRA: la empresa SERVICIOS DE VIGILANCIA INTEGRAL SERVINCA, C.A, en la persona del ciudadano: HELY SAUL NAVAS PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 4.639.067, en su carácter de representante de la parte Demandada, y en contra de la parte Codemandada Solidariamente, en la persona del ciudadano: HELY SAUL NAVAS PETIT, antes identificado, ambos representados en éste acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.261.070, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 11.563, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, conforme a la causa N° UP11-L-2006-000011, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto todas las partes, y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la audiencia. En consecuencia, este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el VIERNES 17-03-2006, a las 11:00 AM. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Ambas partes de mutuo acuerdo convienen un lapso de espera de 15 minutos. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores.
Se hace Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Nueve (09) días del mes de Marzo 2006. Siendo las 10:35 AM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
La parte demandante: Por la parte Demandada y Codemandada
Solidariamente:
SERVICIOS DE VIGILANCIA INTEGRAL SERVINCA, CA
FRANCISCO Y. ESCALONA R.
HELY SAUL NAVAS PETIT
Representado por:
Abg. MIRIAN PAREDES PARRA.
Representados por:
Abg. MANUEL VICENTE NAVAS P.
La Secretaria Accidental,
Abg. NORAYDEE REVEROL
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