REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Vista la diligencia suscrita y presentada por la ciudadana EMMAIRY ALFREDIKSA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 16.261.957 y domiciliada en este mismo Municipio, mediante la cual Solicitan al este Juzgado que se cierre el presente expediente, por cuanto el padre de su hija se fue del Municipio y desconoce la dirección exacta de donde vive. Igualmente ella se va del Estado, por lo ante expuesto que solicito que se cierre y se archive la presente causa, es por lo que este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Cerrar y archivar el presente expediente. Se ordena desincorporar el mismo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al archivo Judicial para su guarda y custodia.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo de dos mil seis (2006). Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
El Juez Temp.,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria.,
YSAURA GIMENEZ
En esta misma fecha se cumplió con ordenado en el auto que antecede
La Secretaria.,
YSAURA GIMENEZ
Exp. Civil Nº. 1084-06
EBA.cem
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