REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinticinco de mayo de dos mil seis.-

196° y 147°

Vista la transacción realizada por las partes, por ante la Notaria Pública Tercera de Mérida, en fecha 06 de Abril de 2006, que obra agregada a los folios 734 al 736, el Tribunal la Homologa, por no ser contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles de las partes; en consecuencia se le da el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo se suspende el embargo ejecutivo decretado por el otrora Juzgado Segundo ( subrogado) de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida y ejecutado el mismo por el antes indicado Juzgado el día 29-03-1993, debiéndose oficiar lo conducente a la oficina de Registro inmobiliario del Municipio Libertador del Estado Mérida. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. . En tal sentido ofíciese

LA JUEZ PROVISORIO,




Abg. RORAIMA MÉNDEZ DE MAGGIORANI.-


EL SECRETARIO



Abg. JESÚS ALBERTO MONSALVE.

En la misma fecha se oficio bajo el N° 471.-

EL SECRETARIO



Abg. JESÚS ALBERTO MONSALVE.