TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 03. MÉRIDA, SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS.-

196º y 147º

Visto los folios 04, 05, 25 y 27, de los cuales se desprende que los ciudadanos ISRAEL DAVID y GERAMI JACOB DUGARTE TERÁN, actualmente cuentan con la mayoría de edad y que los montos resguardados por el Tribunal fueron entregados a los mismos, motivo por el cual el Tribunal no adeuda ningún dinero en el presente procedimiento, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 18 del Código Civil de Venezuela, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA Y ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS, signado con el Nº 2451, SOLICITANTE: TERÁN DE DUGARTE ANA BEATRIZ, fecha de entrada: 26 de Julio de 2.004, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.---------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL Nº 03


ABOG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRÍA


LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.

LA SRIA.

MIR/Jaa
EXP. 2451