JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 13 de Noviembre de 2006. Años: 196° y 147°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: PEDRO ANTONIO CHIRINOS MEDINA e ISABEL TERESA CASTELLANOS, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 11.271.188 y 14.843.355, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias fomentadas en una extensión de terreno propiedad Municipal, el cual mide Treinta y Seis (36) metros de frente por Dieciocho (18) metros de fondo, ubicado sector en la Avenida la Paz, final de la Avenida Carabobo, entrada principal a Jovito, del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; cuyos linderos son: NORTE: Carretera que conduce al caserío Jovito; SUR: Vivienda de la señora Rafaela del Carmen Acosta; ESTE: Río Yuribi y OESTE: Camino que conduce al caserío Jovito y Fray Luis Amigó; consistente en una casa sobre bases de mampostería, paredes de bloques de cemento totalmente frisada, piso de cemento pulido, techo de acerolit sobre vigas de hierro y conformada de la siguiente manera: Sala – recibo, tres (3) dormitorios, cocina, comedor, lavadero, cinco (5) puertas de hierro, seis (6) ventanas de hierro, dos (2) baños, red de tubería, instalación eléctrica, empotramiento para aguas blancas y sus demás comodidades; a favor de la ciudadana: NIDY ANGELICA YAJURE CHIRINOS, mayor de edad, venezolana, soltera, estudiante, titular de la cédula de Ide ntidad No. 16.950.785 y de éste domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No. 1032/2006.-
La Jueza,


Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,

Abg. Karelia Marilú López Rivero.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.-

La Secretaria.-