…GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 17 de Noviembre del 2006.
Años: 196° y 147°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadano: COLMENAREZ ARCIDES ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 8.771.863 y el ciudadano: SILVESTRE FELIX RAMON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 11.270.420 y domiciliados ambos en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la carretera panamericana, sector San Jerónimo, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, el cual mide Trescientos Noventa y Cinco Metros con Noventa y Cinco Centímetros Cuadrados (395,95.mtrs2), bienhechurías estas consistentes en una (1) casa y Un (1) local comercial, distribuidos así: Tres (3) dormitorios, Una (1) cocina, Un (1) comedor, Dos (2) baños y Una (1) Sala. El local comercial consta de un (1) baño y una (1) habitación; con paredes de bloques, piso de cemento pulído, techo de acerolit. El área de construcción es de Trescientos Treinta y Seis metros con ochenta y seis centímetros cuadrados (336,86.mtrs2); alinderado de la manera siguiente: NORTE: En Dieciséis metros con sesenta centímetros (16,60) carretera panamericana, que es su frente; SUR: En Trece Metros con Ochenta centímetros (13,80,mtrs) con casa y solar que es o fue de la familia Rivas, que es su fondo; ESTE: En Veintitrés Metros (23.mtrs) con casa y solar que es o fue de la familia Rivas, que es su lateral derecho y OESTE: En Veintisiete Metros con Veinticinco Centímetros (27,25.mtrs), casa y solar que es o fue de la familia Sequera, su lateral izquierdo; a favor de los ciudadanos: EBARISTO ANTONIO RAMOS RAMOS y GRISELGA COROMOTO HEREDIA DE SALCEDO, Venezolanos, mayores de edad, soltero, el primero y viuda la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.368.140 y 7.906.523. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el N°. 1058/2006-
La Jueza,

Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,

La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero.