JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 22 de Noviembre del 2006.
Años: 196º y 147º.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana: LEGON QUIROZ SORANI COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro.10.366.264 y la ciudadana: BARRIOS ARENA MILDORYS JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 15.484.671 y domiciliadas ambas en San Antonio, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías, ubicadas en la Av. 5, entre calles Dieciocho (18) y Diecinueve (19) de la ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual, del Estado Yaracuy; bienhechurías estas consistentes en una casa de habitación con las siguientes caracteristicas: ESTRUCTURA GENERAL: Paredes de carga, estructura de techo: metálica: Cubierta: Zinc; Paredes de bloques de cemento, acabado sin friso, piso de cemento pulído; distribuida en dos (02) Habitaciones, una (1) sala-comedor, una (1) cocina y un (1) baño, con un área de construcción de Cincuenta y Un Metros Cuadrados con Dieciséis Centimetros (51,16.mtrs2); construida en terrenos propiedad Municipal, que tiene una superficie de Ciento Noventa y Ocho Metros Cuadrados con Trece centimetros (198,13.mtrs2); cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 5, que es su frente, con una longitud de 5,30.ml; SUR: Casa y solar que es o fue de Paula Vargas, con una longitud de 5,30.ml; ESTE: Casa y solar que es o fue de Nancy Piña, con una longitud de 37,70 y OESTE: Solar y casa que es o fue de Eulogio Marchan, con una longitud de 37,10.ml; a favor de los ciudadanos: LIBERMAN ACOSTA PIÑA, ROSA ADRIANA ACOSTA PIÑA, FRAY ANTONIO ACOSTA PIÑA y ROBERT ANTONIO ACOSTA PIÑA, Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.726.497, 24.557.625, 14.336.365 Y 17.156.819, respectivamente, todos domiciliados en la ciudad de chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el N°. 1074/2006-
La Jueza,

Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,
… La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero.