REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
Dieciséis (16)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación Y Ejecución de la Coordinación Laboral
del Estado Yaracuy
San Felipe, Veintiuno (21) de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: UP11-L-2006-000350.-
Visto que para el día de hoy Martes 21 de Noviembre de 2006, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM) estaba prevista la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa y debido a que la misma coincidió con la celebración de otras Audiencias Preliminares fijadas a la misma fecha y hora. Este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR, y a tal efecto se fija para el día LUNES 04 DE DICIEMBRE DE 2006, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.
La Juez
Abg. ARLEC VERONIA LUCENA HERNANDEZ
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA ALVAREZ
AVLH/MAA/AlexzandraMora.-