REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, diecisiete (17) de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: UP11-L-2006-000249

Siendo el día y la hora fijada por el Tribunal para la comparecencia de la parte demandante ciudadano: DOUGLAS ALEXANDER MONTES DE OCA, el Tribunal deja expresa constancia que dicho ciudadano no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado, y en vista de que la celebración de la Audiencia Conciliatoria, es a los fines de que manifieste su conformidad con el cheque objeto de la transacción entre las partes y por cuanto tal incomparecencia, demuestra su conformidad en relación al cheque en cuestión, en consecuencia y por tratarse de que dicha transacción, consignada por las partes en fecha 31 de Julio del presente año, no es contraria a derecho, le imparte su homologación en sus propios términos, da por terminado el procedimiento y ordena la remisión del presente expediente al archivo judicial para su guarda y custodia.

LA JUEZ,


Abg. MARY SALOME SALCEDO


LA SECRETARIA,


Abg. GRECIA VERASTERGUI