REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Veintisiete (27) de Noviembre de 2.006.
196° y 147°
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:
DEMANDANTE: VICTOR JULIO GONZALEZ BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.815.170, domiciliado en la ciudad de Cantaura estado Anzoátegui.
ABOGADO ASISTENTE: RUBEN DARIO PEREZ JONES Y PEDRO SEIJAS CARRERA, venezolanos, mayores de edad, en ejercicio debidamente inscritos en el IPSA bajo los N°s 27.860 y 16.936 respectivamente.
DEMANDADO: CASTULO JOSE CARREÑO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nos. 5.195.842 y domiciliado en la ciudad de Puerto La Cruz Estado Anzoátegui.
ABOGADO APODERADO: NO TIENE ABOGADO CONSTITUIDO
ASUNTO: INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS (TRANSITO)
Exp. 0602
UNICO
Por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente se observa que desde la fecha 25-11-2.005, hasta la presente fecha, la parte interesada no ha cumplido con las obligaciones que le impone la Ley, y por cuanto la instancia se extingue por el transcurso de Un (01) año sin ejecutar ningún acto del procedimiento y esto verifica de pleno derecho sin poder ser renunciable a las partes como lo disponen los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara: PERIMIDA LA INSTANCIA, este Tribunal en virtud de ello acuerda ordenar el archivo del expediente.
EL Juez Temporal
Abg. Ángel Silva Acuña. El Secretario,
Abg. Eligio Velásquez E.
EXP.- 0602
ASA/ns
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