REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 14 de Noviembre de 2.006
195º y 147º
ACTA DE TERMINACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2006-000478
Hoy, 14 de Noviembre de 2.006, siendo las 11:00 a.m. día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparecieron la Dra. Dayri Castrillo, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 113.957, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadanos Ramón Antonio Acevedo Loreto, Williams Enrique Díaz López, Joel Enrique Caraballo Zerpa, Jesús del Valle Prado López y Elvis Daniel Caraballo, identificados en autos por una parte y por la otra el Dr. Omar Ortega Pizzani, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 18.580, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa Inversiones Sabenpe C.A., este Juzgado Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, deja constancia de que, no obstante; que el Juez personalmente trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes, y que éstas comparecieron a la Audiencia Preliminar, sin lograrse la mediación, da por concluida la Audiencia Preliminar. De conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar, en este mismo acto, al expediente las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio. Remítase el presente expediente mediante oficio a la Coordinación Judicial a los fines que distribuya entre los jueces de juicio del circuito la presente causa, para la celebración de la audiencia de juicio y procedan la pertinente evacuación de pruebas.-
El Juez
La Secretaria
Dr. RICARDO COA MARTINEZ
Los presentes