REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciséis de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: FP02-V-2006-001215

Visto el desistimiento hecho por la parte actora ZADICK ANTONIO CURBAGE RAMOS, debidamente asistido por el profesional del derecho OSWALDO MENDEZ VILLALBA, en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, interpuesto en contra del ciudadano HERNAN BLANCO, todos plenamente identificado en autos, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción.- El Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, dá por consumado el acto y procede a Homologar, como en efecto lo hace, como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, en consecuencia, deja sin efecto la medida preventiva de secuestro decretada por este Tribunal en auto de fecha 26 de octubre del presente año, conforme riela en el folio dos (2) del cuaderno separado de medidas.- Remítase el presente expediente constante de veintidós (22) folios útiles conjuntamente con el cuaderno separado constante de Nueve (09) folios útiles, a la oficina de Archivo Judicial de este Estado a los fines de su mejor resguardo.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase con lo ordenado.-

El Juez,

Ab. Manuel Alfredo Cortéz B.- La Secretaria,
Ab. Soraya Charboné.-
MAC/SACHP/tgsm
RESOLUCION N° PJ0192006000441