REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, veinte de noviembre de dos mil seis
196º y 147º


Visto que en fecha 30 de septiembre 2003 fue recibido por ante este Tribunal, la presente solicitud distinguida con el N° ASUNTO: FP02-S-2003-002589, motivado a la falta de impulso procesal de la parte interesada y, por cuanto ha transcurrido suficientemente el plazo para que el interesado haya manifestado interés en la presente solicitud al punto que la misma se ha mantenido paralizada, el Tribunal considera que en el caso de autos ha operado el decaimiento del interés y así lo declara Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se da por terminada dicha solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento y ordena remitir el presente expediente a la oficina de archivo judicial de este Estado a los fines de su mejor resguardo. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
El Juez,


Ab. Manuel Alfredo Cortéz.-
La Secretaria,


Ab. Soraya Charboné.-

MAC/aji
ASUNTO: FP02-S-2003-002589
Sentencia Nº PJ0192006000465