REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 03 de Octubre de 2006.
Años: 194° y 147°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos: LUIS FERMIN HERNANDEZ y JULIO ENRIQUE DIAZ ZERPA, ambos Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Números: 1.149.891 y 1.856.513, respectivamente, ambos domiciliados en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías en terrenos propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la carretera principal la Trilla, Sector Marincito II, parroquia Albarico, Municipio San Felipe Estado Yaracuy, cuyas medidas son Diez metros (10 mts.) de frente por Veinte metros (20 mts.), de fondo, lo que constituye un área de doscientos metros cuadrados ( 200 mts.2), constituidos por un sembradío de árboles frutales, cercado todo de alambre púas y estantillo de madera, la cual se encuentra alinderada de la siguiente manera: Norte: Terrenos ocupados por María Sierra. Sur: Terrenos ocupados por Bernarda Peña; Este: Terrenos ocupados por María Sierra y Oeste: Terrenos ocupados por Marcelino Sierra. A favor de la ciudadana: YVELY JOSEFINA SIERRA, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° 12.938.047, de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- Se le asignó el N° 899/2006.
La Jueza
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte
interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero.
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