…GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 05 de Octubre del 2006.
Años: 196° y 147°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana: CARRASCO ELENA VICTORIA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 2.187.384 y domiciliada en la Avenida Yaracuy, Quinta San Marcos de Leòn, San Felipe, Municipio San Felipe, y la ciudadana: CHACÓN ALVARADO ALIDA MARGOT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 3.256.457 y domiciliada en la Urbanización Alto Prado, calle principal, casa Nº.310, Municipio Independencia, ambos del Estado Yaracuy, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Justificativo de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficientemente, a favor de los ciudadanos: OLIVO ROMERO VICTOR TIBERIO y LUISA ADELA ELJURI GARCIA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 6.520.191 y 3.885.860, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del ciudadano: VICTOR JOSE OLIVO VILLAFAÑE (Difunto), quién era Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.338.836. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Sol. Nº.912/06.-
La Jueza,

Abg°. María de Lourdes Camacaro de Aular.
La Secretaria,

Abgº. Karelia Marilú López Rivero
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En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.
La Secretaria,


Abgº. Karelia Marilú López Rivero.